El INAI instruyó a la Secretaría de Salud a entregar los datos contenidos en el Subsistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones (SEED), entre el 1 de febrero y el 1 de julio del presente año, además de la nueva versión pública en la que incluya los datos de año, mes, estado captura, fecha de información, fecha de actualización y tipo de hoja.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Salud a entregar los datos contenidos en el Subsistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones (SEED), entre el 1 de febrero y el 1 de julio del presente año, además de la nueva versión pública en la que, además de los datos ya proporcionados en su respuesta inicial, incluya los datos de año, mes, estado captura, fecha de información, fecha de actualización y tipo de hoja.
El Comisionado Presidente del INAI, Francisco Javier Acuña Llamas, en la presentación del asunto ante el Pleno, planteó que “es un deber de las autoridades tener actualizada lo más posible la información; desde luego hay procesos que no son instantáneos a pesar de que ahora hay tantos medios para hacer que las cuestiones que antes eran manuales a renglón seguido, me refiero con pluma, lápiz y corrector, después ya fueron con mecanografía y ahora ya son un asunto de computación, de informática”.
La solicitud surgió a petición de un particular que requería la versión pública de la base de datos del SEED, todos los registros de dicha base de datos del 1 de febrero al 1 de julio de 2020. En su respuesta, la dependencia le dijo que, si bien tiene información en los términos que le fueron solicitados, no se cuenta con información de 2019 y 2020.
Inconforme con la respuesta, el particular presentó recurso de revisión ante el INAI, por medio del cual señaló que el sujeto obligado no entregó la información solicitada, y tampoco determinó la inexistencia de la información de los años 2019 y 2020.
Acuña Llamas agregó que el tema de las defunciones cobra especial relevancia en el contexto de la emergencia sanitaria, sobre todo, porque las cifras oficiales han sido cuestionadas.
Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Presidente del INAI advirtió que la información proporcionada no atiende a cabalidad lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pues si bien se proporcionó información de manera disociada, se clasificó estadística relacionada con la fecha de registro de la defunción; datos de usuario, identificadores de la entidad federativa y de revisión del sistema, misma que no encuadra en el supuesto de clasificación invocado por el sujeto obligado.
Se determinó que el sujeto obligado no atendió la solicitud de la peticionaria, conforme al procedimiento previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Finalmente, el Comisionado Presidente consideró “absolutamente importante que todos estemos enterados de cuál ha sido la mecánica. La explicación oficial respecto de las defunciones, y naturalmente dentro del periodo 2019-2020; son imprescindibles para comparar que de un año a otro en estos meses haya habido una muy importante, probable y considerable suma de aumento de defunciones, que algunas de ellas podrían ser clave para entender y disipar los mitos que se han creado sobre las cifras y las estadísticas oficiales sobre el tema del Covid”.
Por lo anterior, la institución deberá proporcionar al particular la resolución emitida por su Comité de Transparencia, por medio del cual clasifique los datos contenidos en el SEED, con fundamento en el artículo 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. (Con información de El Economista)
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