La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó ejercer su facultad de atracción; para resolver la revisión del juicio incidental por la suspensión de la mega granja porcícola; instalada en Homún.
El juicio en cuestión es incidental; dentro del juicio promovido por representantes (menores de edad) de este pueblo maya para defender los cenotes, el medio ambiente y sus derechos; ante el riesgo que significa la operación de una mega granja de 49 mil cerdos que la empresa PAPO inició sin consultar a la comunidad; a pesar de ser un pueblo originario.
La mega granja instalada en una zona de extrema vulnerabilidad; como es la reserva geohidrológica anillo de los cenotes, pone en riesgo el agua de la región, la salud de la infancia y los derechos de pueblo maya que no fue debidamente consultado.
Algunos permisos para la construcción y operación se obtuvieron de manera irregular mientras que la Manifestación de Impacto Ambiental fue firmada por una dentista.
Dentro del juicio iniciado por niñas y niños de Homún en septiembre de 2018, se solicitó la suspensión de operaciones de la granja y la Jueza Cuarto de distrito, Miriam de Jesús Cámara Patrón, otorgó la suspensión mediante el juicio incidental para evitar daños irreparables y ordenó la paralización de las actividades de la granja.
Se requirieron diversas actuaciones del juzgado para hacer cumplir esa disposición. Los representantes de la mega granja incluso intentaron recusar a la Jueza pero el Tribunal Colegiado, que conoció el recurso declaró infundada dicha recusación.
Versión de la empresa
La empresa Producción Alimentaria Porcícola (PAPO), por su parte, promovió la revisión de la suspensión, ante lo cual las niñas y niños de Homún, por medio de sus representantes legales, solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejercer su facultad de atracción. Uno de los ministros de la Suprema Corte hizo suya la petición y puso a consideración del pleno la posibilidad de atraer este caso por la importancia que reviste en sí mismo un juicio en el que se pone en riesgo el medio ambiente en un pueblo maya. La Primera Sala consideró que este caso representa una oportunidad para desarrollar estándares y parámetros en torno a las medidas cautelares y otorgamiento de suspensiones en materia del derecho a un medio ambiente. Considera que no sólo pretende mantener viva la materia del juicio, sino evitar daños al medio ambiente que podrían ser irreparables así como preservar la vida, la salud y otros derechos de los quejosos. El 7 de agosto de 2019, en votación mayoritaria, 4 de los cinco ministros que integran la Sala votaron a favor de ejercer su facultad, por lo que la revisión del juicio incidental por la suspensión de las actividades de la mega granja lo resolverá el máximo tribunal del país. Fuente. Diario de YucatánDescubre más desde NotaTrasNota
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