José Cortazar Navarrete.- Mérida, Yuc. 15 de julio.- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó un decreto presidencial para que el 1 de octubre próximo sea inhábil, estableciendo como ‘festivo’ el día del cambio de poderes en el gobierno federal.
De esta manera, será oficial y por decreto presidencial el descanso obligatorio laboral y en su caso el pago complementario para quienes por responsabilidad tengan que laborar, primordialmente a tiendas y empresas de servicios.
EL DOF publicó el pasado viernes 12 la declaratoria presidencial para incluir un día más en el calendario oficial de actividades del gobierno el día de descanso. En su caso, el cambio de administración aplicará por el inicio de gestión administrativa del gobierno federal y 9 estados donde se arrancarán nuevas gestiones gubernamentales y municipales.
Si bien, el Poder Legislativo federal -Cámara de Diputados y Senado de la República- y en los estados, los Congresos locales iniciarán funciones el 1 de septiembre próximo, el gobierno federal y 9 gobernadores donde se realizaron elecciones tomarán el mando el 1 de octubre.
Ante esta condición, se estableció que habrá un nuevo día inhábil a partir de este año, el cual será el 1 de octubre de cada seis años, ya que será la fecha en la que se realizará la transición del Poder Ejecutivo.
Esto quedó establecido con la reforma el ‘Calendario Oficial’ del 6 de octubre de 1993 y su posterior modificación el 27 de enero de 2006. Como se recordará, la entrega de la banda presidencial era realizada el 1 de diciembre de cada seis años; sin embargo, la nueva ley adelantó dos meses el protocolo y la ceremonia.
Ante el cambio, el calendario de días de descanso obligatorio quedó de la siguiente manera: 1 de enero – Inicio del año. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, Aniversario de la Constitución-; El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo -natalicio de Benito Juárez García.
1 de mayo – Día Internacional del Trabajo; 5 de mayo.- Aniversario de la Batalla de Puebla- 16 de septiembre.- Aniversario de la Independencia, 1 de octubre de cada seis años -transmisión del Poder Ejecutivo Federal-; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre – Aniversario del inicio de la Revolución Social- y 25 de diciembre.- Navidad-
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