El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Estas reformas endurecen las penas para quienes trafiquen e introduzcan armas al país, con sanciones de hasta 30 años de cárcel.

Además, se facilitan los permisos para tener armas en el domicilio como medida de defensa contra la ola de violencia del crimen organizado. La ley también permite el uso de armas en áreas estratégicas y de seguridad pública, como empresas públicas y órganos autónomos, para que sus empleados puedan portar armas de fuego para funciones de seguridad.
La iniciativa, que fue avalada con diversas modificaciones, ahora pasará al Senado para su discusión y votación. Entre los puntos destacados del dictamen, se establece una pena de 7 a 30 años de prisión y multa de 250 a 2000 veces el valor diario de la UMA para quienes participen en la introducción ilegal de armas al territorio nacional.
También se garantiza el derecho legítimo de las comunidades ejidales y comunales a la posesión responsable de armas para fines lícitos, especificando los calibres permitidos. Se prohíbe que los militares retirados puedan usar sus armas de propiedad para dar servicios de seguridad privada.
Por último, se aplicarán penas de 7 a 15 años de prisión y multa de 1000 a 2000 veces el valor diario de la UMA a las personas que dispongan indebidamente de las armas de las instituciones policiales y de procuración de justicia a nivel federal, estatal, de la Ciudad de México y de las alcaldías, así como de la Fuerza Armada.
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